Tené siempre bien presente todos tus derechos y así nunca te avasallarán.
REGÍMENES DE LICENCIAS Y PERMISOS ESPECIALES.
* 12 días de licencia por casamiento con goce de remuneraciones.
* Hasta 30 días por año por enfermedad de cónyuge, padres o hijos sin goce de sueldo.
* 4 días por fallecimiento de padre, hijos, cónyuge o hermano. Con goce de sueldo.
* 2 días por fallecimiento de abuelos, padres o hermanos políticos o hijos del cónyuge. Con goce de sueldo.
* 2 días con goce de remuneración por nacimiento de hijos.
* 1 día con goce de sueldo por concurrir a dar sangre.
* 2 días con goce de remuneración por mudarse de vivienda.
COMO PROCEDER SI NECESITA DÍAS DE ESTUDIO
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COMO PROCEDER EN CASO DE ENFERMEDAD
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QUE HACER SI TE LLAMA UN SUPERIOR Y QUIERE QUE LE FIRMES ALGO
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